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Régimen político en el que la soberanía pertenece al conjunto de
los
ciudadanos sin distinción, es decir, al pueblo. Sus principios
rectores son la libertad y la igualdad.
En la Grecia antigua, la elección, principio básico de la
democracia,
ocupaba un lugar secundario. Se recurría a la suerte para
designar a
los magistrados y a los altos funcionarios. Los gobernados, que
asistían regularmente a la eclesia, tenían también una
participación
directa en las decisiones gubernamentales.
En el siglo XVIII el principio de elección fue reforzado por la
teoría de la representación nacional, pero no fue hasta el siglo
XIX
que la lucha por las ideas democráticas no se amalgamó con la
lucha
por el sufragio universal. Desde entonces, democracia y elección
fueron conceptos directamente vinculados e indisolubles.
En la democracia representativa, o parlamentaria, los gobernantes
y
las magistraturas se designan por elecciones libres a la que
concurren al menos dos partidos políticos. Sus principios
constitucionales son: la separación de poderes, la garantía y
protección de los derechos individuales y el sometimiento de la
administración a normas jurídicas con posibilidad de que los
ciudadanos puedan recurrir las decisiones que consideren
arbitrarias
o lesivas de sus derechos. Los gobiernos democráticos acatan la
voluntad de la mayoría pero respetan la opinión y los derechos de
las
minorías (toda vez que no son posibles la unanimidad y el
consenso entre los gobernantes). Esta voluntad está contenida generalmente
en
un código constitucional que define los límites jurídicos.
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